ALDT: TDJ rechaza Amparo del MAS, sugiere Acción de Nulidad

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La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija (TDJ) ha declarado improcedente la demanda de Amparo Constitucional interpuesta por las asambleístas del Movimiento al Socialismo (MAS), Juanita Miranda y Karina Barrios Valencia, a través del cual advertían la vulneración de derechos constitucionales y el incumplimiento del Reglamento Interno de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija (ALDT). Esta instancia sugiere una Acción de Nulidad.

Los antecedentes

Cabe mencionar que la acción de Amparo Constitucional interpuesta por las legisladoras del MAS se efectuó en observación a la reunión de asambleístas departamentales efectuada el pasado 20 de julio, en donde emiten un pronunciamiento con el que conminan a la Directiva de la ALDT convocar al pleno de la Asamblea a sesionar el día jueves 21 de julio.

La convocatoria se efectuó, pues en la fecha establecida se desarrolló la sesión de la ALDT, solamente con la presencia de legisladores de la bancada de Unidos, Indígenas y Comunidad de Todos, ocasión en la que procedieron a elegir a las Comisiones Permanentes de la Asamblea, sin la presencia del MAS.

Empero, desde la bancada del MAS ya habían advertido la vulneración al Reglamento de la ALDT, primero por una supuesta usurpación de funciones por parte de los asambleístas de Unidos quienes, además, son miembros de la Directiva, Rubén Reyes y Horacio Soruco, que fueron los que dirigieron la sesión de aquel entonces. La segunda observación pasa, por la vulneración de los derechos constitucionales de los legisladores del MAS, que, pese a que el Reglamento lo establece, ninguno de ellos fue tomado en cuenta en las comisiones legislativas.

Según refiere el MAS en su memorial presentado al TDJ, como bancada habían planteado en la sesión del 3 de agosto la reconsideración de los actos a los que consideran vulneratorios, empero son rechazados por el pleno legislativo. De ahí es que se plantea el Amparo Constitucional a través del cual pedían conceder la tutela para dejar sin efecto los actos realizados desde el 20 de julio, para que puedan ser materializados en cumplimiento del Reglamento Interno de la ALDT.

La respuesta del TDJ

El TDJ, a través del autodefinitivo N°12/2022, en este caso, recomienda a las accionantes, acudir a la vía expedita llamada por ley, dada la precisión del artículo 54.1 del Código Procesal Constitucional (CPC). «La Acción de Amparo Constitucional no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo”.

Según refiere el TDJ, lo que correspondería en este caso, sería interponer un Recurso Directo de Nulidad, el cual tiene por objeto declarar la nulidad de los actos de órganos o autoridades públicas que usurpen funciones que no les competen, así como ejercer jurisdicción o potestad que no emane de la ley.

¿Una nueva crisis para la Asamblea de Tarija?

Ante la improcedencia de este Amparo Constitucional, El País intentó contactar con las legisladoras de MAS, sin embargo, estas evitaron verter declaración alguna, previo a recibir una notificación de manera formal. Todo deja ver que el retorno a la “normalidad” del trabajo legislativo no está asegurado y que aún puede continuar la crisis institucional del ente legislativo.

Al respecto, el jefe de bancada de Unidos, Mauricio Lea Plaza, dijo haber tomado conocimiento extraoficialmente sobre el rechazo al Amparo Constitucional presentado por el MAS. Sin embargo, hizo énfasis en que la ALDT está retomando sus funciones bajo la dirección del presidente José Luis Ferreira.

“Creo que este es el hecho fundamental que da a la Asamblea una estabilidad institucional. Pero ante el intento de algunos asambleístas del MAS, al tratar de desestabilizar el trabajo de la Asamblea, de obstaculizar este trabajo a través de acciones extraordinarias con recursos legales, creo que este camino es inútil para ellos, porque no tienen el sustento ni la base legal para poder sostener este tipo de acciones judiciales”, enfatizó.

FUENTE : EL PAIS


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