El presidente de la Comisión de Constitución de la Asamblea Departamental de Tarija, Erwin Mancilla Olarte, informó que fue aprobado ayer por la tarde el proyecto de ley de la modificación del artículo 49 del Estatuto Autonómico para la reducción de escaños en la Asamblea de 30 a 20.
Mancilla, quien también es proyectista de la ley, explicó que la reducción del número de asambleístas tiene que efectuarse a través de la modificación al Estatuto Autonómico.
“Esta reducción de escaños respeta la representatividad de la población tarijeña dentro del órgano legislativo, también la interculturalidad, los guaraníes, los tapietes y los weenhayek”, indicó.
La ley propone que sean dos asambleístas por territorio en las seis provincias, sumando doce; tres representantes de los pueblos indígena originarios campesinos, un guaraní, un weenhayek y un tapiete.
Respecto a los representantes por población se reduciría de 15 asambleístas a 5, lo que hace una suma de 20.
Con este proyecto de ley, pretenden ahorrar Bs 9 millones anuales a la Asamblea Departamental.
“Este proyecto también ayudaría a la eficiencia en el tema del trabajo que tienen los asambleístas departamentales”, dijo el proyectista.
Explicó que este proyecto propone “esclarecer” la participación de los asambleístas de la provincia Gran Chaco, que tiene su propia autonomía e instituciones.
“En la actualidad tenemos nueve re prestantes del Chaco en la Asamblea, de esos cuatro son por población; que tienen las mismas atribuciones que los otros legisladores departamentales, es decir, que vienen a generar políticas, distribución de recursos para las cinco provincias, menos del Chaco, esto es ilógico e incoherente”, explicó.

Otra observación, es que el sueldo de esos nueve legisladores proviene del 55% que le corresponde a las provincias Arce, Aviles, Cercado, O’Connor y Méndez.
“Tenemos que llegar a una deliberación de eliminar los asambleístas por población de la región del Chaco, no con un afán de pelearemos”, dijo al indicar que él se considera mitad chapaco y mitad chaqueño, pero solo pide equidad en el departamento.
En base a su autonomía, la provincia Gran Chaco tiene su propia Asamblea Regional. (eP).
El apunte
El articulo 49
“La Asamblea Legislativa Departamental se conforma por treinta asambleístas departamentales elegidos, doce en base al principio de igualdad territorial de las provincias y quince por población mediante sufragio universal y directo de listas separadas del o la candidata del gobernador o gobernadora. Tres representantes son de los pueblos indígenas originarios campesinos, un guaraní, un weenhayek y un tapiete del departamento, electos de acuerdo a sus usos y costumbres”, reza el artículo 49 del Estatuto Autonómico Departamental.
ElPeriodico
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