Trata de personas: La Paz es la región más afectada y las principales víctimas son mujeres y niñas.

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Este 30 de julio se recuerda el Día Mundial contra la Trata por disposición de la ONU. En Bolivia el departamento de La Paz es el más afectado por este delito a nivel nacional y las principales víctimas de este azote son las mujeres y las niñas. 

El delito de trata comprende a la captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas, recurriendo a la amenaza, al uso de la fuerza u otras formas de coacción, rapto, fraude, engaño, con abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación, sexual, prostitución, esclavitud hasta la extracción de órganos humanos, recordó la Fiscalía General del Estado.

La Paz es el departamento más afectado por el delito de trata de personas y las mujeres y niñas son las principales víctimas de estos crímenes; así lo confirmó el coronel José Luis Alarcón, encargado de la Dirección General de Lucha contra la Trata y Tráfico de Personas, dependiente del Ministerio de Gobierno.

El funcionario detalló en entrevista con la Red ERBOL que durante 2019 los casos de este flagelo ascendieron a 882 a nivel nacional, teniendo La Paz más de la mitad de estos crímenes con 442 casos, ocupando el primero lugar. 

A La Paz le sigue Cochabamba con 115 casos; inmediatamente viene Santa Cruz con 113 casos, seguida por Oruro con 55; posteriormente aparece Beni con 44; detrás Potosí con 43; Tarija reporta 40 casos mientras que Chuquisaca 25 y finalmente Pando con 5. Estos datos también fueron confirmados por el Ministerio Público.

En este año, hasta el 29 de julio, la Fiscalía registró 168 casos de Trata y Tráfico de Personas y Delitos Conexos, de los cuales Trata de Personas suman 132, Proxenetismo 33, Tráfico de Personas 2, Violencia Sexual Comercial 1.

El coronel Alarcón también señaló que en Bolivia, los centros mineros y el Trópico de Cochabamba son los principales lugares de destino de trata de personas dentro del país.  También reconoció que estas redes son difíciles de desarticular no solo en Bolivia sino también a nivel mundial.

Durante el gobierno de Evo Morales, Bolivia llegó en 2018 a la lista negra del informe del estadounidense Departamento de Estado como un país de tránsito y destino de personas víctimas de trata, sobre todo con fines sexuales. Alarcón rememoró que a raíz de ello llegaron recursos de cooperación internacional para combatir contra este delito transnacional. 

Argentina, Brasil, Chile, México, República Dominicana, China, Japón son algunos de los principales destinos donde son traficadas las personas bolivianas víctimas de la trata para ser explotadas laboral y sexualmente.

En cambio, a Bolivia, las victimas de trata que son traídas al país son sobre todo mujeres para fines de explotación sexual desde países como Venezuela, Cuba, Colombia y Brasil. 

Si bien las víctimas son principalmente mujeres y niñas con fines sexuales, eso no significa que los hombres no sean víctimas sobre todo para fines laborales y para el tráfico de estupefacientes como también ocurre con las mujeres.  

Alarcón recordó el caso de Silvia, una mujer procedente de Santa Cruz que fue captada para realizar tráficos de drogas en Oruro, particularmente en la frontera con Chile. A ella se le reventaron las capsulas de droga en el estómago y sufrió graves daños. 

Especificó que, en nuestro país, las mujeres víctimas tienen mayormente un rango de edad entre 12 y 25 años.

«Estos actos de criminalidad acechan tanto a niñas, niños, adolescentes y adultos, causando daños psicológicos irreversibles, por los denunciados que se aprovechan de la ingenuidad y necesidad de las personas, quienes venden sueños e ilusiones para después explotarlos, es en este entendido se están ultimando detalles para la conformación de equipos multidisciplinarios en el área que serán desplegados para resolver los casos de trata», lamentaron desde la Fiscalía. 

La Ley Integral 263 contra la Trata y Tráfico de Personas en su artículo 281 (Bis) estipula que “será sancionado con privación de libertad de diez (10) a quince (15) años, quien por cualquier medio de engaño, intimidación, abuso de poder, uso de la fuerza o cualquier forma de coacción, amenazas, abuso de la situación de dependencia o vulnerabilidad de la víctima, la concesión o recepción de pagos por si o por tercera persona realizare, indujere o favoreciere la captación, traslado, transporte, privación de libertad, acogida o recepción de personas dentro o fuera del territorio nacional, aunque mediare el consentimiento de la víctima”. 

Dicho artículo de la ley establece la mencionada sanción para los siguientes fines:

1. Venta u otros actos de disposición del ser humano con o sin fines de lucro. 
2. Extracción, venta o disposición ilícita de fluidos o líquidos corporales, células, órganos o tejidos humanos. 
3. Reducción a esclavitud o estado análogo. 
4. Explotación laboral, trabajo forzoso o cualquier forma de servidumbre. 
5. Servidumbre costumbrista. 
6. Explotación sexual comercial. 
7. Embarazo forzado. 
8. Turismo sexual.
 9. Guarda o adopción. 
10. Mendicidad forzada. 
11. Matrimonio servil, unión libre o de hecho servil. 
12. Reclutamiento de personas para su participación en conflictos armados o sectas religiosas. 
13. Empleo en actividades delictivas. 
14. Realización ilícita de investigaciones biomédicas.


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