Piden a presidenta Áñez hacer respetar los derechos de los propietarios en la ley de alquileres.

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En una misiva enviada a la presidenta Jeanine Áñez este lunes, la Asociación de Propietarios de Bienes Inmuebles (Aprobin) pidió a la primera autoridad del país, hacer respetar sus derechos y enviar una solicitud de control constitucional al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), de la Ley Excepcional de Arrendamientos (alquileres).

La normativa, que fue aprobada la anterior semana por la Asamblea Legislativa establece, a favor del inquilino, la reducción en un 50% del pago del canon de alquiler, cuando, a la vigencia de la presente ley, no se hubiera conseguido un acuerdo entre inquilino y propietario para la reducción o diferimiento razonable del canon de alquiler.

A favor del propietario, la norma establece la condonación del pago del impuesto mensual del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) hasta el levantamiento de declaración de cuarentena, en sus distintas modalidades. También otorga beneficios impositivos por los gobiernos autónomos municipales, en el marco de su autonomía, para los propietarios que reduzcan como mínimo, el 50% del canon de alquiler.

Control constitucional

Aprobin rechazó la aplicación de esa ley y hacen una representación, basándose en el artículo 24 de la Constitución Política del Estado, para que la Mandataria envíe al TCP el proyecto, solicitando los controles de constitucionalidad y de convencionalidad en materia de derechos humanos y la regularidad constitucional de la Ley.

“Se está vulnerando de manera abusiva en extremo, las libertades democráticas, así como varios derechos y garantías que imperan por los principios y preceptos constitucionales y en el propio derecho sustantivo civil”, manifiesta la carta este lunes, firmada por Franklin Poppe, como vicepresidente de Aprobin y otros propietarios.

Más adelante, señalan que el proyecto de Ley vulnera la propiedad privada y más aún, al desobedecer el imperio de la irretroactividad constitucional, “presenta el peligroso inicio a un posible régimen comunista”.

“En caso de promulgarse este proyecto, no sólo afectaría a los propietarios que en derecho arrendan sus inmuebles, sino que pone en juego la imagen de la democracia ganada con mucho sacrificio en Bolivia, y además afectaría la imagen de su propio régimen como presidente transitoria, tanto internamente y ante la comunidad mundial”, añade la carta.

Dejan en claro que, de no realizar las acciones de control de protección de sus derechos como bolivianos, “sabremos que en su régimen transitorio priman intereses ajenos a la justicia, a los principios de equidad, de imparcialidad y a la propia igualdad del soberano boliviano”.

Conformidad de inquilinos

En su momento, Aniceto Hinojosa, presidente de la Organización de Inquilinos de Cochabamba (Oinco), explicó que varios afiliados que viven del día a día de sus negocios y que actualmente por la situación de cuarentena que vive el país por el coronavirus, son afectados económicamente en gran manera. Por eso, estaban conformes con la normativa para la condonación de alquileres.

Más de la ley aprobada

De acuerdo a la redacción aprobada en la Asamblea, la ley establece que las medidas dispuestas se aplicarán a los alquileres pactados de manera verbal o escrita, cuando el canon establecido y calculado de forma mensual no exceda a un máximo de Bs 5.000 para bienes inmuebles destinados a vivienda; Bs 7.000 para bienes inmuebles destinados a tiendas o espacios comerciales o prestación de servicios; y Bs 15.000 para bienes inmuebles destinados a actividad Industrial.

La ley se aplicará excepcionalmente a partir de la fecha de declaración de emergencia sanitaria nacional y cuarentena, dispuesta a través del decreto supremo 4196, del 17 de marzo de 2020, hasta tres meses después de culminada la cuarentena en sus diferentes modalidades.

La norma establece que durante la cuarentena, el propietario no puede desalojar al inquilino de su casa, especialmente a embarazadas, personas de la tercera edad, familias con menores de edad, sujeto a procesos judiciales.

No se aplica a los funcionarios públicos que perciben recursos del Tesoro General de la Nación. Prohíbe el incremento del canon de alquiler durante la gestión 2020.

ElDeber.


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