Bancos notifican pago de cuotas a junio, Gobierno aún no saca nuevo reglamento.

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Los bancos continúan notificando a sus clientes que deben reanudar el pago de sus créditos en junio, mientras no hay señales sobre el nuevo decreto reglamentario de la Ley 1294, la cual establece un diferimiento de los pagos hasta por 6 meses pasada la cuarentena.

“Ayer (el miércoles) el oficial de crédito de mi banco me llamó y me dijo que a partir de junio debería empezar a pagar de nuevo mis cuotas, yo le dije que no he podido generar ingresos en estos meses y el me invito a pasar al banco para hablar sobre lo que podemos hacer”, explica Eduardo, un comerciante independiente.

Según Eduardo, las notificaciones empezaron a principios de mayo, cuando la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) emitió un comunicado en el cual, basándose en el Decreto Supremo 4206, el cual reglamenta a la Ley 1294, recordaba a los prestatarios que se habían diferido automáticamente las cuotas de marzo, abril y mayo, pero que en junio debían resumir el pago de sus créditos.

Asimismo, el comunicado de ASFI, indicaba que los clientes tendrían un plazo de 6 meses a partir del levantamiento de la cuarentena para convenir con sus bancos la mejor manera de pagar las cuotas diferidas, sin referirse a nuevos diferimientos.

El comunicado fue duramente criticado por varios sectores económicos, así como por legisladores de las dos principales tiendas políticas, por ir en contra de lo señalado en la Ley 1294, la cual establece en su artículo primero que “Las entidades financieras, deben realizar el diferimiento automático del pago de las amortizaciones de crédito a capital e intereses, y otro tipo de gravámenes del sistema crediticio nacional, por el tiempo que dure la Declaratoria de Emergencia por la Pandemia del Coronavirus (COVID-19) y otorgando un lapso máximo de hasta seis (6) meses posteriores al levantamiento de la declaración de emergencia”.

Incluso, los parlamentarios de la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas de la Cámara de Diputados enviaron una Petición de Informe Escrito (PIE) a la ASFI y plantearon una interpelación al Ministro de Economía, José Luis Parada por la controversia.

“Con todo el lio que hubo, las notificaciones pararon por unos días, pero ahora los bancos han vuelto a ponerse en contacto conmigo, diciéndome que tengo que pagar a partir de junio mi crédito de vivienda social y que, si no puedo hacerlo, necesariamente tengo que convenir con ellos la manera de proceder, sino entraré en mora”, relata Josefina, una consultora legal.

Josefina señala que en los meses de cuarentena ella tuvo que vivir de sus ahorros, ya que su último contrato concluyó en marzo y no fue renovado, por lo que ahora no cuenta con los recursos para resumir sus pagos al banco.

“He pagado hasta la cuota de marzo, porque en mi último trabajo ganaba bastante bien y tenía algo ahorrado, pero ahora no se si pueda pagar en los siguientes meses y me confié con la nueva Ley de diferimiento, supongo que tendré que renegociar mi crédito”, explicó.

Otro cliente, con un crédito de consumo explico que el banco le explicó que el pago de su cuota incluirá la Tasa de Referencia (TRe) al haber cumplido el mes 13 de su crédito durante la cuarentena.

El pasado 12 de mayo, el Ministerio de Economía anunció que estaba alistando un nuevo decreto supremo que establecerá las condiciones de pago de créditos en el marco de la Ley 1294, el mismo beneficiará a los sectores de menores recursos, mismos que no se pudieron hacer efectivos debido a la cuarentena total por la emergencia sanitaria nacional.

“Nos hemos reunido para explicar cuál ha sido el procedimiento de aplicación de la Ley 1294 (de Diferimiento de Créditos), en la primera etapa hubo una universalización sobre el diferimiento de pagos a partir de marzo a mayo y ahora tenemos en la disposición final primera que el órgano ejecutivo reglamentará la ley en el plazo de dos días calendario, en el que se priorizará a sectores con menores ingresos”, anunció entonces el ministro de Economía, José Luis Parada.

Sin embargo, hasta el momento no ha habido ningún pronunciamiento de parte del Gobierno sobre esta nueva norma, ni sobre lo que pasara con los pagos de créditos en junio.

Justicia ordenó a la ASFI a ceñirse a lo que dice la Ley

El pasado 13 de mayo, la Sala Constitucional Cuarta del departamento de La Paz decidió que la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) debe adecuarse a la ley de diferimiento de crédito, en respuesta a la acción iniciada por Conamype ante el comunicado de la Autoridad en el que se pedía que los créditos debían pagarse a partir de junio.

“Debe respetarse la ley, que está ante todo, antes que una resolución administrativa, que un comunicado y es por eso que en este sentido la Sala Constitucional Cuarta en el departamento de La Paz en su resolución claramente señala que la ASFI debe adecuarse a lo que dice la Ley 1294 en relación a los créditos”, dijo el dirigente de Conamype, Néstor Conde.

Además indicó que la resolución de la sala constitucional “también señala que la ASFI tiene que esperar al nuevo decreto de reglamentación del parlamento y adecuarse a eso, no puede sacar de ahora en adelante resoluciones administrativas o comunicados arbitrarios infringiendo lo que dice la ley”.

El dirigente también aclaró que esta resolución es para todas las personas que tienen créditos y no sólo para los pequeños y medianos empresarios.

“En ese sentido no solamente será beneficiado Conamype, sino todas las personas que tiene crédito, no es exclusivo para los microempresarios”, sostuvo Conde

Página Siete / La Paz


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