En Tarija prevén que el indulto carcelario planteado beneficie a 91 personas con sentencia ejecutoriada, quienes cumplen con los requisitos establecidos en el Decreto Presidencial 3756, en el que se añade, a diferencia de anteriores años, el perdón por razones humanitarias.
Las medidas de indulto y amnistía determinadas por el presidente Evo Morales, entre 2012 y 2018, benefició a 6.566 personas en total, de las cuales 4.985 fueron varones y 1.578 mujeres.
En el caso de Tarija, el director departamental de Régimen Penitenciario, Ariel Miranda, indicó a los medios de comunicación que en el 2018; 44 personas se acogieron a ese beneficio y, para este 2019 se prevé que lleguen a 91.
El funcionario manifestó que el decreto pone una nueva disposición, pues ya no será su institución la que se encargue del trámite de esos beneficios, sino que la responsabilidad recayó en el Servicio Plurinacional de Defensa Pública (SPDP).
En ese sentido, la directora departamental del SPDP, Sabina Marca, indicó que la amnistía aplica a aquellas personas que cometieron un delito (no para todos los casos) pero recién está en proceso y todavía no tiene una sentencia ejecutoriada. Mientras, el indulto beneficia a aquellos que ya tienen una condena, sin que se tenga de por medio procesos de apelaciones.
La ley establece que se excluirá a aquellos que hayan cometido delitos contra la libertad sexual, violencia familiar, robo agravado, estafas agravadas, terrorismo, trata y tráfico, delitos que afecten al Estado, como también aquellos que atenten contra la vida.
La funcionaria explica que el indulto total inmediato es cuando se comete un delito y la persona está con sentencia ejecutoriada de no más de ocho años. Si la condena es de diez años, el decreto indica que se debe esperar que el reo cumpla los dos años y medio y luego se lo libera, se le perdona el resto de la sentencia. Pero los que tienen una condena superior a ese periodo, no les corresponde el beneficio.
También está establecido que si una persona ya se ha beneficiado con el indulto o la amnistía en una anterior oportunidad, no puede acogerse por segunda vez. Eso se comprobará mediante los registros que se tiene, pues unos de los requisitos a presentar es el certificado de Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP).
Según Marca, este beneficio tiene vigencia de un año y se contabiliza a partir de su publicación. La política es descongestionar los procesos penales, que se cierren lo más antes posible.
En el actual decreto hay una ampliación, aunque la persona haya cometido delitos que se excluyen del beneficio, puede acogerse a ella si el sentenciado acredita que está con una enfermedad terminal, por ejemplo cáncer o VIH/Sida. A ellos se les beneficia por principios humanitarios.
La norma favorecerá, con amnistía a las mujeres embarazadas o con hijos lactantes, a las personas que tengan bajo su custodia exclusiva a un hijo o más menores de seis años de edad o con discapacidad grave o muy grave; a individuos a partir de los 58 años de edad y se reducirá para las mujeres un año por cada hijo hasta tres, es decir, hasta sus 55 años de edad; así también se beneficiarán las personas con discapacidad grave o muy grave o con enfermedad terminal.
El decreto fue presentado el pasado 24 de diciembre por el presidente Morales y su ministro de Justicia, Héctor Arce, quien explicó en ese entonces que con esa normativa se esperaba beneficiar a 2.535 personas, de estas al menos 1.035 con amnistía y 1.500 con el indulto.
Datos para acogerse a la amnistía y el indulto
Ariel Miranda
En el 2018; 44 personas se acogieron al indulto y, para este 2019 se prevé llegar a 91. El decreto pone una nueva disposición, pues ya no será Régimen Penitenciario el que se encargue del trámite de esos beneficios, sino que la responsabilidad recayó en el Servicio Plurinacional de Defensa Pública (SPDP).
Sabina Marca
La amnistía aplica a aquellas personas que cometieron un delito (no para todos los casos) pero que recién está en proceso y todavía no tiene una sentencia ejecutoriada. Mientras que el indulto beneficia a aquellos que ya tienen una condena, sin que se tenga de por medio procesos de apelaciones.
ElPaís
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