Estas son las 7 cosas que debes saber del Sistema Único de Salud.

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1.- Ley Nº 1069.

  • Modificará la Ley Nº 475 para otorgar un seguro de salud gratuito a todo el que no estuviese cubierto por la Seguridad Social de Corto Plazo.

2.- Gratuidad.

  • La atención en salud es otorgada sin ningún pago directo de los usuarios en el lugar ni momento de atención.

3.- Medicamentos.

  • El Estado asegurará la disponibilidad de medicamentos esenciales y tecnologías sanitarias adecuadas, eficaces, contemplando la medicina tradicional ancestral.
  • Los gobiernos municipales deberán proveer los medicamentos , insumos y reactivos en el primer y segundo nivel; el Ministerio de Salud, de manera excepcional, podrá adquirir servicios en salud específicos de los privados, hasta lograr el fortalecimiento del sistema de salud pública.
  • De manera excepcional, el Estado podrá otorgar recursos para la adquisición de insumos, medicamentos y bienes y servicios a favor del establecimiento de pimer, segundo y tercer nivel.

4.- Benificiarios. 

  • El servicio de atención gratuita será para los bolivianos que no están protegidos por la seguridad social de corto plazo.
  • Y también para los extranjeros residentes en el país que no estén protegidos por la seguridad social de corto plazo.

5.- Acceso a la atención en salud.

  • Los pacientes deberán acceder obligatoriamente al primer nivel de atención, con preferencia al centro de salud más cercano de su casa.
  • Para hacerse en el segundo nivel necesariamente tendrpa que haber sido referido antes por el primer nivel.
  • Para que lo atiendan en el tercer nivel tendrá que haber sido referido por el segundo o primer nivel.
  • El Ministerio de Salud regulará el sistema de referencia y contrareferencia con el propósito de garantizar la continuidad de la atención y que los servicios se otorguen en los establecimientos de salud.
  • Los casos de emergencia deben ser atendidos inmediatamente en cualquier nivel de atención.

6.- Fondos.

  • El Tesoro General de la Nación (TGN) dotará de ítems y financiará el funcionamiento de los Programas Nacionales de Salud.
  • El financiamiento de los servicios en el tercer y cuarto nivel serán cubiertos con recursos del TGN.
  • Los gobiernos municipales financiarán la atención del primer y segundo nivel con los recursos de coparticipación tributaria (15,5% o más).

7.- Presupuesto.

  • El presupuesto para el primer nivel se realizará con base a criterios poblacionales.
  • El presupuesto para el segundo nivel se realizará con base en la programación de servicios curativos definidos por el Ministerio de Salud.

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