Ser aprobada en grande no fue la última etapa de la Ley Electoral ; estaba previsto que se presentaría más de un obstáculo en el análisis a detalle y no tardó en estallar el primer conflicto con la Asamblea Regional del Chaco, que en una interpretación propia, no cede ni un paso sobre sus observaciones, pero la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE), José Quecaña, pidió abrir un espacio para el diálogo con la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija (ALDT) al recordar que no hay tuición legislativa.
El Chaco no quiere que la ALDT interfiera con lo que establece el Estatuto Autonómico Regional para modificar la distribución y el número de asambleístas que la Asamblea Regional tiene. El análisis y la valoración jurídica que emitieron los asambleístas chaqueños indicó que la ALDT, a través de la aprobación de la Ley 079 le otorgó competencias a la Asamblea Regional.
La Asamblea Departamental tiene dos asambleístas de Caraparí, dos de Yacuiba y dos de Villa Montes y tres de los pueblos indígenas originarios -Tapiete, Weenhayek y Guaraní- que también radican en el Chaco salvo cuando el pueblo guaraní está representado por Itika Guasú, radicado en Entre Ríos. A su vez, la Asamblea Regional del Chaco cuenta con dos asambleístas por Yacuiba, dos por Caraparí y dos por Villa Montes más los tres de los pueblos indígenas. El Estatuto Regional contempla aumentar un asambleísta por municipio en la Asamblea Regional, lo cual se ha incorporado a la Ley Electoral.
“Eso ya está establecido en el Estatuto Regional no se dijo que Asamblea Departamental va a venir a determinar el número de asambleístas, sino de cómo se elegirá el Ejecutivo regional por circunscripción regional, o por circunscripción municipal. Todo eso está establecido en el Estatuto por tanto, no corresponde legislar sobre algo que ya está normado”, explicó el presidente de la Asamblea Regional del Chaco, Mario Aldana.
Por su parte, Quecaña indicó que difiere sobre la postura de la Asamblea regional. “Zapatero a su zapato”, recalcó e indicó que la ALDT es la que tiene la tuición de legislar tal como la normativa lo establece. “Yo no me puedo meter a esas cosas, ellos tienen que ver con la ley sobre las competencias. Toda la legislación en temas electorales la tiene la Asamblea Departamental. Yo y muchos abogados constitucionalistas van a decir lo mismo. La Asamblea Regional solo delibera, la que hace leyes para el departamento es la ALDT”, explicó. Lo cierto es que la Asamblea Departamental ha incorporado tal cual lo dispuesto en el Estatuto para la elección de autoridades y asambleístas regionales, completando el capítulo que pidió elÓrgano Electoral Plurinacional al respecto.
ElPaís
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